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Acceso
a elementos comunes.
Todos los propietarios habitando en cierta comunidad tienen el derecho de
acceder a diversos elementos considerados comunes, como así lo establece la
Declaración de Obra nueva, quien recoge todos los elementos considerados
compartidos entre los propietarios de determinada localidad. Las comunidades
están caracterizadas por poseer propiedades privadas pertenecientes a cierto
propietario y un espacio para el uso común entre todos los miembros de la
comunidad, son las leyes y los estatutos que rigen la comparición de estos
espacios para mejorar la convivencia entre las personas.

En mucho de los casos el acceso a estos elementos comunes se ve regido por la
Ley de Propiedad horizontal, específicamente cuando haya que intervenir una
propiedad privada para poder acceder a un espacio considerado común. Algunos de
estos elementos, como las conducciones de gas y de electricidad, deben de estar
colocados en el interior de las propiedades privadas, como parte del diseño del
edificio. Es muy cierto que los propietarios tienen derecho a acceder a los
elementos comunes de la
comunidad, pero cuando se trate de invadir una
propiedad ajena, el dueño del piso puede permitir la entrada a su propiedad solo
si se necesita la reparación de algún conducto para beneficio de toda la
comunidad, constituir servidumbres para uso general y la instalación de nuevos
inmuebles para conveniencia de toda la comunidad. Todos y cada uno de los
propietarios de viviendas tienen el derecho de acceder a un elemento común
siempre y cuando no irrumpa la privacidad del propietario, puesto que en caso de
no solicitar un permiso puede ser acusado de intervenir en propiedad ajena y
posteriormente ser enviado a la cárcel. Según la constitución de la republica
una propiedad privada se define como los pisos o locales de un edificio que
forman parte susceptible de aprovechamiento independiente, el derecho singular
de propiedad sobre un espacio delimitado corresponde al dueño de la misma.
El propietario de cada elemento tiene el derecho de modificar
arquitectónicamente a su gusto el espacio donde habita, siempre y cuando no
altere la estructura del edificio donde habita. Los propietarios deben de
respetar sus derechos individuales sobre la propiedad, así como los derechos de
la comunidad en general a la hora de modificar los elementos arquitectónicos y
las instalaciones del espacio. Los elementos comunes surgen como una oposición a
los elementos privativos, de la misma manera en lo que los elementos privados
están caracterizados por ser utilizados exclusivamente por los propietarios del
inmueble, los elementos comunes son utilizados por los copropietarios. Los
elementos comunes se encuentran clasificados en 4 grandes áreas, los elementos
físicos y constructivos donde están incluidos los pisos y cimientos, las
instalaciones y conductos, los locales y los espacios comunitarios, como los
espacios deportivos y las áreas de ocio y diversión, por ultimo la servidumbre.
Las principales características que distinguen a los elementos comunes de otros
elementos es la indivisibilidad de los mismos, ya que no son susceptibles de
división, además de que están caracterizados por ser inseparables de la parte
privada. Todos los propietarios tienen el derecho de proteger y disfrutar de las
propiedades comunes, esto es estipulado por la ley de Propiedad Horizontal. Las
modificaciones deben de ser comunicadas con anticipación a las partes
correspondientes, para la nueva resolución de problemas que afecten tanto a la
parte privada como a la parte común. Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com.
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