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Cooperativas
de viviendas.
Las cooperativas de viviendas son entidades sociales realizadas por un conjunto
de personas que desean adquirir una vivienda por sus propios medios. La
principal ventaja de este tipo de vivienda es la facilidad con la cual se puede
obtener una vivienda en el mercado inmobiliario. Este tipo de organizaciones
permiten que se elimine el promotor, el cual constituye como el medio más
costoso dentro del negocio. En general, una cooperativa es una asociación de
personas físicas o jurídicas que, teniendo intereses o necesidades
socio-económicos comunes, desarrollan una actividad empresarial, distribuyéndose
los resultados que produzca entre sus socios.

Muchas de las desventajas de este tipo de procesos es la poca profesionalidad
que tienen estas personas en el campo inmobiliario, lo cual se considera como
uno de los principales riesgos a la hora de asociarse a una cooperativa de
viviendas. Otras de las dificultades pueden provocarse cuando se asume la
responsabilidad de promotores como principal representación de los proveedores.
Esta sociedad debe de aparecer en el registro de
Cooperativas, por lo que es de suma importancia
que nos aseguremos de este hecho antes de asociarnos a esta forma de sociedades.
Todos los miembros de la organización tienen la posibilidad de rembolsar la
cantidad aportada como medio en la cláusula del contrato. Los plazos estimados
para la construcción de la obra deben de ser manifestados en el contrato para
que la asociación este pendiente de cualquier suceso que pueda impedir el
retraso en la fecha de entrega de la misma. La información para este tipo de
procesos es muy escasa lo que hace que vaya en apogeo a través del tiempo. Los
derechos y los deberes del nuevo asociado deben de estar presentes en el
contrato de adjudicación provisional, previa a la firma del nuevo miembro.
El principal derecho de los nuevos miembros es el inmediato acceso a la
información, ademas de que podrá participar en las sesiones organizadas por la
asamblea general de la cooperativa donde podrá conocer todo el proceso con
respecto al proyecto inmobiliario. La parte técnica de las cooperativas esta
suministrada por una empresa que participa como entidad gestora y que recibe un
porcentaje considerable de los bienes adquiridos. Se exhorta a las personas que
desean participar en este tipo de asociaciones que sean muy cautelosos y que
averigüen bien en el ambiente donde piensan ingresar, esto surge ante las
constantes amenazas de cooperativas fraudulentas en el país. Antes de una
persona incorporarse a una cooperativa debe de recibir todas las informaciones
correspondientes a la cooperativa, las promociones de viviendas, la vinculación
de la vivienda y la inscripción. Las aportaciones realizadas en la cooperativa
son las del capital social, la cual esta entre los 300 euros, y las cuotas
periódicas. Algunas de las obligaciones que los socios deben de cumplir es la
asistencia periódica a todas las reuniones de la asamblea general, guardar los
secretos pertinentes a los asuntos de la cooperativa, participar en las
actividades desarrolladas y sobre todo cumplir los acuerdos establecidos por los
principales órganos sociales del medio. El tiempo máximo que se adjudica a las
cooperativas es el necesario para que todos los socios adquieran individualmente
su vivienda. Este tipo de organizaciones también deben de incluir la
conservación del piso y los servicios complementarios. Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com.
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