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Junta de Propietarios
inmobiliarios.
El vivir en una comunidad puede resultar algo más complicado de lo que una
persona se imagina, más aun cuando no estamos de acuerdo con ciertas medidas
tomadas por los representantes de la misma. Es por esto que el gobierno se ah
propuesto fijar normas o leyes obligatorias para que todas las personas puedan
vivir bajo las reglas establecidas, reconociendo los elementos que se consideran
obligatorios ante la junta y ante la ley. Todos los individuos tienen el derecho
de participar en las decisiones que tome la comunidad donde reside, no obstante
este derecho puede ser eliminado si es así lo desea. Actualmente las medidas que
se tomen en las juntas deben de ser previamente calificadas de acuerdo a los
estatutos del país, por lo que un cambio o una violación de los estatutos pueden
dar cabida a que se origine un proceso de impugnación del acuerdo llegado.
Muchas de las obras que se han visto envueltas en este proceso, son aquellas que
cumplen con un gasto excesivo por parte de los miembros de la comunidad.
Estas juntas son previamente anunciadas por un miembro de la sociedad y por lo
regular se lleva a cabo en uno de los salones de la urbanización. Como una
consecuencia de las constantes luchas entre las opiniones de las personas, se
puede considerar que en cualquier momento esto sucede en una junta de vecino, es
decir que algún miembro este en total desacuerdo con el nuevo contrato y decida
impugnarlo legalmente. Esta impugnación debe de llevarse a cabo ante los
tribunales pertinentes, siempre y cuando cumpla con aspectos como la violación
de uno de los estatutos, la falta de beneficio a toda la comunidad o también
cuando se encuentra en perjuicio o en abuso de derecho uno de los propietarios.
Un ejemplo de esto, puede ser la exclusión de las lonjas o establecimientos
comerciales de los pagos ante la creación de un ascensor para la comunidad, los
estatutos reflejan claramente que esto no debe de ser posible por lo que las
personas que se encuentren en una situación similar tienen el derecho de
reclamar una impugnación al acuerdo.
Siempre que se decida realizar una impugnación se debe de contar con un
medio de asesoramiento legal. No todas las personas tienen derecho a realizar
esta acción, la ley de propiedad Horizontal establece que solo tienen derecho a
impugnar una decisión tomada por la junta de vecino aquellas personas que hayan
votado de manera negativa ante la decisión tomada, los que fueron privados de
sus derechos además de las personas que por cualquier circunstancia no hayan
podido asistir a la reunión y no han manifestado su acuerdo o desacuerdo. No
obstante, también la ley nos dice que las personas que desean hacer una
impugnación deben de estar por la derecha con relación al pago pertinente a la
comunidad. El plazo de impugnación de un acuerdo es hasta cumplirse los 3 meses
después de haberse tomado la decisión, en el caso donde se viole algún estatuto
legal este lapso puede ampliarse hasta un año. Todas las personas que pertenecen
a determinada comunidad tienen el
derecho y el deber de participar en las medidas
tomadas en conjunto ,además deben de manifestar su desacuerdo si así lo desean ,
aun así solo deben de impugnar lo hechos anteriormente mencionados , puesto que
llevar un caso ante los tribunales es una tarea que implica responsabilidad y
exceso de importancia ,esto nos limita a recomendarle a los propietarios
perteneciente a una junta que aseguren su voto y que es valido cualquier
manifestación antes de aprobar cualquier tipo de decisión. Equipo
arquitectura y construcción de
ARQHYS.com.
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