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 Sanciones a vecinos molestos

 Sanciones a vecinos molestos. El vivir en comunidad no siempre es fácil, dicen que el tratar con personas es algo de lo que no todo el mundo se salva. Actualmente las quejas que llegan a los juzgados son producidas por vecinos molestosos o de malos hábitos, que con su costumbre perjudican el bienestar de todo el vecindario. Darle fin a esta forma de vida puede parecer simple, en muchas ocasiones se recomienda hablar directamente con la persona y pedirle que cese de realizar las actividades consideradas perjudiciales para la comunidad, sin embargo este proceso es más largo y difícil de lo que parece. Las acciones legales pueden llegar si el vecino no deja de manifestar la actitud molestosa que posee, las sanciones que puede recibir van desde una indemnización costosa hasta el retiro de la vivienda por un periodo de 3 años. El primer paso que se debe de realizar es la denuncia del presidente de la comunidad de los hechos al juzgado de primera instancia, quien dictaminará las sanciones que debe de recibir la persona acusada.

Si la persona esta violando alguna de las cláusulas establecidas en la ley de propiedad horizontal, se envía agentes municipales que corroboraran las denuncias realizadas por los vecinos de la comunidad. Uno de los casos mas recientes en denuncias comunitarias, resulto suceder hace dos meses en la ciudad de Barcelona, cuando los vecinos indignados por el bullicio de niños en el edificio decidieron investigar la causa. Uno de ellos comprobó que en el edificio se encontraba una especie de guardería, la cual no tenía ningún permiso legal. Este tipo de acción puede incurrir hasta con la expulsión definitiva del propietario del edificio. Una de las formas en las cuales estas actividades puede ser penalizada, es cuando una persona, perteneciente o no al vecindario, acude hasta la policía y realiza una denuncia por las actividades manifestadas, sin embargo la penalización puede variar de acuerdo al tipo de acto realizado. Si sucediera el caso en el cual un vecino de la comunidad esta caracterizado por ser una persona molestosa, pero a la vez cumple con las funciones de propietario dentro de la comunidad, el presidente de la junta de vecinos esta en todo su derecho de llamarle la atención y tratar de remediar su comportamiento.

Como lo establece la ley de arrendamientos urbanos, la causa de molestias al vecindario es motivo suficiente para proceder a la expulsión definitiva de la persona. Y es que todos tenemos claro que las personas mas molestosas y ruidosas suelen ser los arrendados, tal ves por la forma informal y liberal de la vivienda, lo que hace que estos crean que no tienen responsabilidades dentro de la comunidad. No obstante, la ley sin importar si se trata de un inquilino o un propietario suele castigar este tipo de actos. Los casos de molestias en los edificios pueden ser variados, estos pueden ir desde malos olores hasta la tira de basura en el espacio común. Sin embargo, las quejas mas comunes son aquellas destinadas a las vibraciones, ruidos, humos y presencia de sustancias toxicas en el ambiente. Los 55 decibeles, es el limite de ruidos que debe de abundar en un espacio comunitario, esto lo ha establecido la ley, por lo que su aumento recibe una sanción. Las ordenanzas municipales son destinadas a las actividades dependiendo de su naturaleza. Estas pueden ser insalubres, nocivas, ilicitas y peligrosas. Si hay quejas en el caso de malos olores o la utilización de sustancias peligrosas, el propietario debe de acudir a los tribunales y pedir permiso para utilizar su casa como vivienda o no, aunque todo ello dependerá de la opinión de toda la comunidad. Equipo arquitectura y construcción de ARQHYS.com.

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